El gobierno nacional a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación tomó una decisión que afectará directamente a los usuarios de seguros automotores y les dará un beneficio a las empresas aseguradoras: a través de una modificación publicada en el Boletín Oficial, el estado interviene para limitar el servicio de grúa que las compañías aseguradoras debían ofrecer obligatoriamente a sus clientes.
Esta medida, que beneficia a las aseguradoras, con seguridad no se traducirá en una reducción de los precios de las pólizas para los usuarios, pero todos sabemos que usted, usuario, es casta y las aseguradoras son de bien, ¿nocierto?
LA GRÚA SÍ, SOLO EN ESTOS CASOS
Hasta ahora, las compañías de seguros estaban obligadas a proporcionar servicios de grúa y asistencia mecánica en diversas situaciones.
Sin embargo, a partir de la nueva disposición de Javier Milei que entrará a afectar los contratos entre privados dentro de 90 días, solo en tres casos específicos las aseguradoras estarán obligadas a cubrir los gastos de remolque:
1. Robo: Si el vehículo asegurado es robado, la compañía deberá cubrir el traslado.
2. Accidente: En caso de un accidente, la grúa seguirá siendo parte de la cobertura.
3. Incendio: Si el auto se incendia, el servicio de grúa estará disponible.

LA GRÚA YA NO EN ESTÁS SITUACIONES
En cambio, ya no se incluirá en las pólizas la cobertura para situaciones como desperfectos mecánicos, problemas con la batería o arranque, inconvenientes eléctricos, pinchaduras, cortaduras y reventones de las cámaras o cubiertas, o incluso la falta de combustible.
Estas circunstancias, que no están relacionadas con accidentes, incendios o robos, ya no serán cubiertas por el seguro.
En fin, Pobres aseguradoras, menos mal que está este gobierno para darles una manito.